Bandera de Nicaragua
Discurso del representante de Nicaragua ante la CIJ, sobre presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el Mar Caribe.
A continuación, el discurso íntegro:
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
(NICARAGUA V. COLOMBIA)
Fondo
DISCURSO DEL AGENTE
20 de septiembre de 2021
(Tiempo estimado 20 ‘)
“Así que finalmente, más de diez años después de que Nicaragua presentó su demanda, nos encontramos en lo que esperamos sea el último paso en un caso que ha superado, en el tiempo, el ejemplo clásico de un caso prolongado: el caso Barcelona Traction o el caso más reciente de Camerún contra Nigeria ”.[1]
[1] Disputa Territorial y Marítima ( Nicaragua v. Colombia), CR 2012/8, 23 abril 2012, p.16, párr.13 (Argüello)
[1] “Corte de la ONU decide que Colombia tiene soberanía sobre las islas reclamadas por Nicaragua”, UN News Centre, 19 Nov. 2012 disponible en https://news.un.org/en/story/2012/11/426062-un-court-rules-colombia-has-sovereignty-over-islands-claimed-nicaragua#.VgmPLXqqpBd, (última visita 14 Sept. 2021).
“El enemigo es la Corte que no falló en derecho, ese fallo está lleno de exabruptos, uno lo lee y no puede creer que los países que lo conforman hayan elegido esos jueces para un fallo tan importante”.[2]
11. Otros funcionarios incluso cuestionaron la capacidad moral de los miembros y el personal de la Corte. Por ejemplo, la Embajadora Noemi Sanin, ex Canciller de Colombia hizo algunos comentarios muy ofensivos que no repetiré aquí. Ella y un exviceministro de Justicia escribieron un libro sobre la Sentencia reiterando y ampliando estos comentarios[1]. Fueron premiados el año pasado por el presidente de Colombia al nombrarlos como delegados de la presidencia en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores de Colombia. Esta Comisión se encarga, entre otras cosas, de revisar y aprobar la posición de Colombia ante esta Corte.
[1] Memoria de Nicaragua, p.23, pár. 2.4.
[2] Memoria de Nicaragua, p.23, pár. 2.5.
“Las fronteras terrestres y los límites marítimos entre los Estados no deben quedar en manos de una Corte sino que deben ser fijados de mutuo acuerdo por los Estados mediante tratados”[2]
17. Durante el largo proceso que condujo a la Sentencia de 2012, Colombia tuvo muchas oportunidades para afirmar que su Constitución no permitía que las cuestiones territoriales fueran decididas por la Corte[1]. De hecho, Colombia presentó excepciones preliminares a la competencia de la Corte, pero no hay una sola frase en todos los escritos y alegatos de Colombia en esos 11 años de proceso judicial en los que haya algún indicio de que Colombia no podría cumplir con la Sentencia de la corte.
[1] Memoria de Nicaragua, p.5, pár. 1.8.
[2] Memoria de Nicaragua, p.372, Anexo 29.
[3] Memoria de Nicaragua, p.30-31, pár. 2.17.
[4] Memoria de Nicaragua, Anexo 16.
[1] Disputa Territorial y Marítima (Nicaragua v. Colombia), Memoria, p. 108-115 disponible en https://www.icj-cij.org/public/files/case-related/124/13870.pdf (última visita 16 sept. 2021).
“Una gran consulta popular para que los colombianos reafirmen la posición del país de no estar dispuesto a ceder un milímetro más allá del meridiano 82 en el marco del conflicto limítrofe con Nicaragua”.[2]
[1] “Presidente Duque ve con buenos ojos propuesta de Uribe sobre “consulta popular” para confirmar límite con Nicaragua. La iniciativa busca que se reconozca como límite con el país centroamericano el meridiano 82”, Semana, 1 septiembre 2021, disponible en https://www.semana.com/nacion/articulo/presidente-duque-ve-con-buenos-ojos-propuesta-de-uribe-sobre-consulta-popular-para-confirmar-limite-con-nicaragua/202112/, (última visita 14 Sept. 2021).
[2] “Esta es la propuesta de Iván Duque para gobernar a Colombia”, Radio Nacional de Colombia, 14 February 2018, available at https://www.radionacional.co/cultura/esta-es-la-propuesta-de-ivan-duque-para-gobernar-colombia (última visita 16 Sept. 2021).
22. Si existiera algún posible malentendido de que estas propuestas de referéndum hechas por el presidente Duque son simplemente retórica política, el siguiente documento disipará esta noción. La Comisión Colombia del Océano presidida por la Vicepresidenta y Canciller de Colombia, Sra. Marta Ramírez de Rincón, publicó en julio de este año un documento titulado “Intereses Marítimos Colombianos”. El documento dice:
«Colombia cuenta con un territorio de una extensión aproximada 2.070.408 km2, del cual […] el 44,85% [corresponde] a territorio marítimo (aproximadamente 589.560 km2 en el Caribe …)»[1]
En primer lugar, que la frontera con Nicaragua no solo continúa trazada por el meridiano 82, cuestión que ya había sido resuelta por la Corte en su Sentencia de 2007 en la etapa de excepción preliminar del caso.
En segundo lugar, que el límite norte del “territorio” marítimo colombiano no es el límite fijado por la Corte en la Sentencia del caso Nicaragua c. Honduras, pero según Colombia sigue siendo el límite fijado en un Tratado entre Colombia y Honduras de 1986.
[1] “Intereses Marítimos Colombianos”, Comisión Colombiana del Océano, Julio 2021, p.11, disponible en https://cco.gov.co/83-publicaciones/881-intereses-maritimos-de-colombia.html (última visita 14 Sept. 2021).
[2] “Intereses Marítimos Colombianos”, Comisión Colombiana del Océano, Julio 2021, p.12, disponible en https://cco.gov.co/83-publicaciones/881-intereses-maritimos-de-colombia.html (última visita 14 Sept. 2021).
En tercer lugar, que el límite sur del “territorio” marítimo colombiano con Costa Rica se traza de conformidad con el Tratado de 1977 entre Colombia y Costa Rica, y desconoce por completo la Sentencia de la Corte en la que determinó el límite entre Nicaragua y Costa Rica en el Caribe … [DIAPOSITIVA 2 DESACTIVADA]
Señora presidenta,
“Para nosotros, la Reserva de la Biosfera sigue siendo indivisible por más que haya un fallo que fije unos límites”.[1]
Indicó además:
“Seguimos haciendo presencia y sancionando aquellos actos que atentan contra la protección de esta reserva natural, como en el caso de la cuantiosa incautación de pesca de pez (parrot fish) que hace poco se hizo…”[2]
Señora Presidenta,
Señora Presidenta,
[1] “Debemos prepararnos ante posibles eventos similares”, El Isleño, 3 enero 2021, disponible en http://xn--elisleo-9za.com/index.php?option=com_content&view=article&id=21112%3Adebemos-prepararnos-ante-posibles-eventos-similares-en-las-islas&catid=60%3Aactualidad&Itemid=96 (última visita 14 Sept. 2021).
[2] “Debemos prepararnos ante posibles eventos similares”, El Isleño, 3 enero 2021, disponible en http://xn--elisleo-9za.com/index.php?option=com_content&view=article&id=21112%3Adebemos-prepararnos-ante-posibles-eventos-similares-en-las-islas&catid=60%3Aactualidad&Itemid=96 (última visita 14 Sept. 2021).
[3] https://coralina.gov.co/en/areas-protegidas-m/reserva-de-biosfera-seaflower
[4] Ver Memoria de Nicaragua, p. 108; NR, p. 192.
[5] Disputa sobre Derechos de Navegación y derechos conexos (Costa Rica v. Nicaragua), Sentencia, I.C.J. Reports 2009, p. 267, pár. 150).
Esta entrada fue modificada por última vez en sábado 30 julio de 2022 3:35 PM
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