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El doctor Manuel Madriz, experto en Derecho Internacional, afirmó que Colombia no puede desconocer la sentencia emitida por la Corte Internacional de Justicia el 19 de noviembre del 2012 y eso debe ser ratificado cuando el ente jurídico establezca que tiene jurisdicción para acoger la demanda hecha por Nicaragua, a raíz del incumplimiento colombiano.

“En este momento no hay una análisis de fondo, es un análisis de forma, es un análisis de las excepciones planteadas por Colombia sobre la competencia de la Corte Internacional de Justicia, esto que se está dando hoy se va a repetir la próxima semana, porque son los mismos argumentos y Colombia lo que plantea es que la CIJ no es competente”, explicó Madriz.

Agregó que en el tema de fondo, que es la misma sentencia, Colombia sabe que la tiene perdida y por tanto ahora intentan querer confundir para seguir dando largas y de esa manera seguir incumpliendo.

“Tenes forzosamente que aceptarlo, porque el Derecho te obliga que lo aceptes y no es el presidente Manuel Santos 

quien tiene que aceptar, es el Estado de Colombia que tiene que aceptarlo, es su obligación y que él (el mandatario colombiano) por cuestiones políticas muestre alguna resistencia, eso es una cuestión de política interna, pero lo que corresponde está establecido en el fallo de la CIJ”, dijo Madriz.

Recordó que Colombia se está amparando en la denuncia (retiro) que hizo del Pacto de Bogotá, que es el tratado regional de solución pacifica de conflicto, el cual establece que la nación que se retira del mismo no podrá ser demandada ante la CIJ, pero esto se hace efectivo un año después.

Madriz subrayó que Nicaragua conforme lo establece la ley, hizo la demanda o denuncia del incumplimiento de Colombia en el periodo establecido por el Pacto de Bogotá, por tanto considera que la CIJ le terminará dando la razón a nuestro país y admitirá la demanda.

“En 8 meses la Corte dirá que tiene competencia basado en el Pacto de Bogotá, en el Derecho Internacional y se puede retirar cualquier Estado que quiera, pero surge efecto cuando se cumpla año después que se retira”, agregó el experto.

Esta entrada fue modificada por última vez el 29 de septiembre de 2015 a las 5:37 PM