DGB y Policía Nacional orientan medidas para el transporte, almacenamiento y distribución de gas licuado

En conferencia de prensa autoridades de la Policía Nacional y la Dirección General de Bomberos (DGB), dieron a conocer la mañana de este jueves las medidas que deberán adoptar los distribuidores de gas licuado en lo referido a su almacenamiento y transporte, en aras de prevenir accidentes o tragedias que puedan perjudicar a las familias nicaragüenses.

El subdirector de la institución de orden público, Comisionado General Francisco Díaz Madriz, señaló que en lo que respecta al almacenamiento de este producto inflamable deberá hacerse en lugares completamente ventilados, donde además el sistema eléctrico o servicio de energía esté en perfectas condiciones y contar con un extintor con su carga actualizada en lugar visible.

“En el local destinado a almacenamiento no se debe utilizar para guardar otros materiales peligrosos como combustibles y deben contar siempre en un lugar visible con su extintor con carga actualizada”, puntualizó Díaz.

El jefe policial indicó que para poder realizar el transporte de los cilindros de gas, los vehículos en los que se haga deberán estar en buen estado mecánico, portar señales de identificación de peligro por el material que transportan y tener su respectivo extintor de recarga actualizada.

Añadió que las personas a cargo del transporte de gas tendrán que ser capacitadas por inspectores de la DGB, a través de seminarios y conferencias.

Asimismo, aseguró que para prevenir accidentes y en cumplimiento de las medidas de seguridad en el almacenamiento y transportación de gas licuado, efectivos policiales y miembros de la DGB realizarán inspecciones a las plantas procesadoras de gas licuado, a los centros y puestos de distribución y transporte.

En caso de incumplir con las medidas de seguridad orientadas por la Policía y los Bomberos, se aplicarán sanciones que van desde el decomiso de productos, multas y la cancelación del permiso otorgado por la DGB para la distribución y transporte de dicho producto.

Foto: Ilustrativa

Esta entrada fue modificada por última vez el 10 de septiembre de 2015 a las 12:59 PM