EEUU le debe reparaciones a Nicaragua, pero sigue violando un fallo de la Corte Internacional de Justicia de 1986

Foto Cortesía / Corte Internacional de Justicia

37 años después de un fallo de la Corte Internacional de Justicia de 1986, Estados Unidos todavía se niega a pagar a Nicaragua las reparaciones que legalmente le debe. Hoy, el gobierno nicaragüense quiere que la ONU actúe.

La Corte Internacional de Justicia en La Haya dictaminó en 1986 que el gobierno de Estados Unidos había violado el derecho internacional en sus ataques contra Nicaragua y que le debía reparaciones a la nación centroamericana.

El 27 de junio de 2023 fue el 37 aniversario de este fallo, y Washington hasta el día de hoy se niega a pagarle a Nicaragua el dinero que legalmente le debe.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es el brazo judicial de Naciones Unidas. (No debe confundirse con la Corte Penal Internacional (CPI), que es independiente de la ONU. La CIJ se fundó en 1945, para resolver disputas entre estados; mientras que la CPI se formó recién en 2002, para enjuiciar a las personas.)

En 1986, la CIJ determinó que Estados Unidos violó repetidamente el derecho internacional al:

  • entrenar, armar, equipar, financiar y abastecer a los paramilitares de la Contra en Nicaragua;
  • atacar la infraestructura nicaragüense;
  • poner minas en los puertos de Nicaragua;
  • imponer un embargo económico a Nicaragua; y
  • ordenar a la Contra a cometer atrocidades que violan el derecho internacional humanitario.

El actual gobierno de Nicaragua ha pedido públicamente a Estados Unidos que cumpla con sus obligaciones bajo el derecho internacional.

Este 26 de junio, el presidente de Nicaragua Daniel Ortega envió una carta al secretario general de la ONU, António Guterres, exigiendo que Washington pague reparaciones.

“Existe una deuda histórica con el pueblo nicaragüense que 37 años después no ha sido saldada por los Estados Unidos”, dijo Ortega. “Es una obligación claramente establecida en una sentencia firme de la máxima autoridad judicial internacional, la Corte Internacional de Justicia”.

El mandatario nicaragüense escribió:

La lista de daños directos incluye los daños humanos daños materiales directos, gastos de defensa, pérdidas ocasionadas por el embargo. También otros daños como las pérdidas sociales en educación, salud, trabajo, seguridad social, así como pérdidas del potencial para el desarrollo y para la producción.

Desde todos los puntos de vista, el derecho al desarrollo de la nación fue irreparablemente afectado. La economía sufrió una reorganización total para poder permitir que la población sobreviviera bajo las condiciones de agresión a los que era sometida por los Estados Unidos en todos los aspectos de la vida económica y social del país, además de la agresiones militares y paramilitares.

El valor estimado de los daños en Marzo de 1988, fecha en que fue presentada la Memoria junto con toda la documentación comprobatoria de los mismos, se estimaba en 12 mil millones de dólares. Este monto no refleja los daños posteriores a dicha fecha, cuyas consecuencias son verificables actualmente.

Por ejemplo, hasta el día de hoy el sistema de seguridad social del país continúa pagando pensiones a los lisiados de guerra y familiares de los mismos, inclusive a aquellos que formaron parte de las fuerzas contrarrevolucionarias financiadas ilegalmente por los Estados Unidos, el cual nunca asumió el costo social de dichas ilegalidades.

La guerra terrorista de Estados Unidos contra Nicaragua
Tras el triunfo de la Revolución Sandinista de Nicaragua en 1979, Estados Unidos creó un ejército terrorista de la derecha que buscaba derrocar violentamente al nuevo gobierno revolucionario.

La CIA armó y entrenó a escuadrones de la muerte conocidos como la Contra –abreviatura de la contrarrevolución.

Con el apoyo de Estados Unidos, los Contras (contrarrevolucionarios) utilizó sistemáticamente el terrorismo para desestabilizar la sociedad nicaragüense.

Un exlíder de la Contra de una de las familias oligárquicas más poderosas del país, Edgar Chamorro, publicó una carta abierta en el New York Times en 1986 admitiendo que “el terror es el arma más efectiva de los ‘Contras’”.

“Fue una política premeditada para aterrorizar a civiles no combatientes para evitar que cooperaran con el gobierno. Cientos de asesinatos, mutilaciones, torturas y violaciones de civiles se cometieron en cumplimiento de esta política”, recordó.

Refiriéndose a la Contra como “títeres de la CIA” y “un ejército controlado por el gobierno de Estados Unidos”, Chamorro escribió que “los ‘Contras’ queman escuelas, casas y centros de salud tan rápido como los sandinistas los construyen”.

Chamorro dijo que la Contra respaldada por Estados Unidos se apoderó de aldeas pobres, luego “seleccionaron a los civiles de los que sospechaban que simpatizaban con el gobierno y les dispararon a sangre fría como una lección”.

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Imagen cortesía / El presidente de EEUU Ronald Reagan con un dirigente de la Contra, el “Doctor Henry”, frente a la Casa Blanca.

En 1984, el gobierno de Nicaragua presentó un caso ante el órgano judicial de Naciones Unidas, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), exigiendo acciones legales contra Estados Unidos por sus ataques.

El gobierno de EEUU se negó a representarse a sí mismo en los tribunales y boicoteó el caso. Al hacerlo, Washington rechazó la legitimidad de la CIJ, y efectivamente la de la ONU, socavando el llamado “orden internacional basado en reglas” que Washington afirma apoyar.

El caso de la CIJ se denominó oficialmente “Actividades militares y paramilitares en y contra Nicaragua (Nicaragua v. Estados Unidos de América)”.

Los jueces escribieron en 1986 que el tribunal:

“Decide que los Estados Unidos de América, al entrenar, armar, equipar, financiar y abastecer a las fuerzas contras o al estimular, apoyar y ayudar por otros medios las actividades militares y paramilitares en Nicaragua y contra Nicaragua han actuado, en perjuicio de la República de Nicaragua, infringiendo la obligación que les incumbe con arreglo al derecho internacional consuetudinario de no intervenir en los asuntos de otro Estado;

“Decide que los Estados Unidos de América, con ciertos ataques realizados contra territorio nicaragüense en 1983 y 1984, a saber, los ataques contra Puerto Sandino los días 13 de septiembre y 14 de octubre de 1983; un ataque contra Corinto el 10 de octubre de 1983; un ataque contra la base naval de Potosí los días 4 y 5 de enero de 1984; un ataque contra San Juan del Sur el 7 de marzo de 1984; ataques contra patrulleras en Puerto Sandino los días 28 y 30 de marzo de 1984, y un ataque contra San Juan del Norte el 9 de abril de 1984, y que, además, con los actos de intervención mencionados en el inciso 3) del presente, que implican el uso de la fuerza, han actuado, en perjuicio de la República de Nicaragua, infringiendo la obligación que les incumbe con arreglo al derecho internacional consuetudinario de no usar la fuerza en contra de otro Estado;

“Decide que, al colocar minas en las aguas internas o territoriales de la República de Nicaragua du- rante los primeros meses de 1984, los Estados Unidos de América, en perjuicio de la República de Nicaragua, infringieron las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional consuetudinario de no usar la fuerza contra otro Estado, no intervenir en sus asuntos, no violar su soberanía y no interrumpir el comercio marítimo pacífico;

“Decide que los Estados Unidos de América, al elaborar en 1983 un manual titulado ‘Operaciones psicológicas en guerra de guerrillas’ y al difundirlo a las fuerzas contras, han estimulado la comisión por éstas de actos contrarios a los principios generales del derecho humanitario;

“Decide que los Estados Unidos de América, con los ataques en territorio nicaragüense señalados en el inciso 4) del presente fallo, y al declarar un embargo general del comercio con Nicaragua el 1° de 211 mayo de 1985, han cometido actos encaminados a privar de su objeto y finalidad al Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre las partes, firmado en Managua el 21 de enero de 1956;

“Decide que los Estados Unidos de América deben poner término inmediatamente y abstenerse de toda acción que pueda constituir una-violación de las obligaciones jurídicas anteriormente mencionadas;

“Decide que los Estados Unidos de América tienen la obligación de reparar a la República de Nicaragua de todos los perjuicios causados a Nicaragua por las infracciones de obligaciones que le incumben con arreglo al derecho internacional consuetudinario anteriormente enumeradas;

La larga historia de invasiones, ataques y bloqueos económicos de Estados Unidos a Nicaragua

El fallo de la CIJ sólo consideró los crímenes que Washington había cometido contra Nicaragua en la década de 1980.

Estados Unidos tiene un historial de invadir y ocupar militarmente la nación centroamericana, en múltiples ocasiones.

Después de décadas de ocupación militar, los marines estadounidenses fueron expulsados ​​de Nicaragua en 1933, debido a una rebelión armada encabezada por el general revolucionario Augusto Sandino.

Para mantener su control político y económico sobre el país, Washington dejó atrás una Guardia Nacional dirigida por Anastasio Somoza García. Somoza asesinó a Sandino, antes de tomar el poder estatal para sí mismo, con el apoyo de Estados Unidos.

La dinastía Somoza gobernó con una brutal dictadura de derecha. El hijo de Somoza García, Anastasio Somoza Debayle, siguió los pasos de su padre y dirigió el país con mano de hierro, hasta que fue derrocado en la Revolución Sandinista de 1979.

Foto Cortesía / El presidente de EEUU Richard Nixon con el dictador nicaragüense Anastasio
Somoza Debayle en 1971

En la década de 1980, la población civil de Nicaragua sufrió los horrores de la guerra terrorista patrocinada por Estados Unidos, así como un bloqueo económico devastador, que provocó hiperinflación y escasez de muchos productos.

La amenaza de Washington de continuar con esta guerra y el bloqueo llevó a los nicaragüenses a votar en las elecciones de 1990 por la candidata presidencial de la derecha, Violeta Chamorro, de la acaudalada dinastía oligárquica que desde hace tiempo busca controlar el país (siempre en alianza con EEUU).

La victoria electoral de Chamorro fue el resultado de la intromisión y manipulación masiva de Estados Unidos. La CIA y otras agencias del gobierno estadounidense gastaron millones de dólares en crear, apoyar y asesorar la campaña de Chamorro.

Foto Cortesía / Violeta Chamorro en el Congreso de Estados Unidos

En 1991, el gobierno de Chamorro, instalado por Estados Unidos, le dijo a la CIJ que no planeaba continuar con el caso contra Washington.

Sin embargo, la decisión de Chamorro de descontinuar el caso fue el resultado directo de las mismas violaciones del derecho internacional y ataques a la soberanía de Nicaragua por parte de Estados Unidos sobre los que la CIJ se había pronunciado en primer lugar.

El actual gobierno soberano de Nicaragua tiene el derecho de volver al caso de la CIJ hoy y exigir que se implemente su fallo legalmente vinculante.

En su carta al secretario general de Naciones Unidas, el presidente Daniel Ortega señaló que, en 1991, el gobierno de Chamorro en “Nicaragua descontinuó el procedimiento ante la Corte para la determinación del monto debido, pero en ningún momento renunció al pago de la deuda, es decir al derecho a recibir su compensación“.

La carta de Ortega dejó en claro que la decisión de Chamorro de no continuar con el caso no cambia la obligación legal de Washington de pagar reparaciones.

El presidente de Nicaragua le escribió a la ONU:

Nicaragua nunca recibió algo a lo que no tuviera derecho (como el derecho a no ser agredida) a cambio de descontinuar el juicio ante la Corte.

En vez de recibir la compensación tal como corresponde moral y legalmente, Nicaragua continúa siendo objeto de una nueva modalidad de agresiones.

Es en este contexto, en el que Nicaragua nuevamente ha sido víctima de agresiones, ahora llamadas eufemísticamente sanciones, y víctima de un intento de golpe de estado, que el pueblo de Nicaragua recuerda la histórica sentencia de la Corte Internacional de Justicia.

Nicaragua retoma esta oportunidad para recordar que las sentencias de la Corte Internacional de Justicia son definitivas y de ineludible cumplimiento, y por lo tanto los Estados Unidos tienen la obligación legal de cumplir con las reparaciones mandadas por la sentencia del 27 de junio de 1986.

Esta entrada fue modificada por última vez el 30 de junio de 2023 a las 10:42 AM